Integración Regional: Argentina incorpora la definición común de 'Bioinsumos de Uso Agropecuario' del Mercosur

A través de la Resolución 26/2026, el Ministerio de Economía formaliza la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de la Resolución N° 4/2025 del Grupo Mercado Común (GMC). Esta medida establece una base técnica unificada para el sector biotecnológico y agrícola.

Se adopta oficialmente la definición común de "Bioinsumos de Uso Agropecuario". Contar con una terminología estandarizada entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay es fundamental para facilitar el registro, la comercialización y el control de estos productos, reduciendo barreras técnicas al comercio.

La normativa reconoce el papel estratégico de los bioinsumos (productos de origen biológico destinados a la nutrición, control de plagas y mejora de cultivos) como herramientas clave para una agricultura más sostenible y competitiva en los mercados globales.

La medida se dicta en el marco del Protocolo de Ouro Preto, que obliga a los Estados Partes a incorporar las normas dictadas por los órganos del Mercosur a sus legislaciones nacionales para garantizar su aplicación efectiva y obligatoria.

Al integrar esta resolución al derecho interno, se brinda mayor previsibilidad a las empresas desarrolladoras de tecnología biológica, permitiendo que operen bajo estándares armonizados en toda la región.

La normativa entrará en vigor de acuerdo con los plazos institucionales del Mercosur, una vez que todos los Estados Partes hayan notificado su incorporación, asegurando así una implementación coordinada.

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